Luego de desestimar el delito de femicidio por considerar que no hubo convivencia entre ambos, la Corte Suprema, luego de un recurso de nulidad presentada por la defensa absolvió al condenado del delito de femicidio y recalificó la cadena perpetua por el delito de homicidio simple, hecho que significa una pena de 15 años y no de los 40 años que el Tribunal Oral en lo Penal de Melipilla, había condenado a Guillermo Atenas Araneda, como autor del delito de femicidio de la joven punk Isidora González de 23 años.
Recordemos que el cuerpo descuartizado de la joven, conocida como “Dorito”, oriunda de la ciudad de Concepción, apareció en agosto del 2017 oculto en bolsas plásticas, las que lanzaron a un canal de regadío de un predio agrícola, ubicado en el sector sur de Melipilla.
Recordemos que el pasado 04 de octubre la familia y amigos de Isidora González, celebraron el fallo del Tribunal Oral en lo Penal de Melipilla al enterarse que Guillermo Atenas, de 33 años, ex pareja de Isidora, había sido condenado a cadena perpetua calificada como autor del delito de femicidio.
Según la abogada de Atenas, Mylene Muñoz , dijo que la Corte resolvió que “nunca existió un tipo de convivencia, porque no existía un proyecto de vida en común, ni que tuvieran relaciones sexuales”, aludiendo que la relación que ambos tenían era la de “dos consumidores de droga”.
Pese a la anterior la decisión de la Corte contó con un voto en contra por considerar, que en este caso sí se configuraba el delito de femicidio, de todas formas desde la fiscalía Occidente anuncian que dicho fallo será estudiado.
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