El ente persecutor sostuvo que el día 25 de octubre de 2022 aproximadamente a las 02.00 horas funcionarios policiales acuden a calle Volcán LLaima con pasaje Nemesio Antúnez en la Villa Ojos del Salado de la comuna de Talagante y observan a los tres acusados cortando cable de fibra óptica de uso telefónico desde los postes.
En total tenía 160 metros de cable de cobre tipo 50 pares y 160 metros de cable del tipo 300 calibre 24, avaluados en la suma de $3.700.000, provocando con el corte de cables la interrupción de telefonía e internet de 450 suscriptores. Los acusados se dan a la fuga y son detenidos portando en una mochila una sierra con marco color plateado.
En la audiencia los acusados José P.S. junto a Hugo S.E. y Rodrigo D.G. se asilaron a su derecho a guardar silencio durante todo el juicio oral y no prestaron declaración mientras que el Ministerio Público presentó las pruebas documentales y periciales para establecer la participación de los imputados.
El Tribunal dictaminó que se condena a los tres sujetos a como autores del delito de robo de cosas que se encuentran en bienes nacionales de uso público, en grado de consumado, a sufrir en el caso del sentenciado José P.S. la pena de 4 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo; para Hugo S.E. y Rodrigo D.G. la de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo.
Que, respecto de los enjuiciados José P.S. y Rodrigo D.G. la pena corporal impuesta deberá ser de cumplimiento efectivo, al no satisfacer ninguna de las exigencias de la Ley de cumplimiento alternativo.
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